domingo, 13 de noviembre de 2016

ADMINISTRACIÓN QUE LO PROTEGE

Este humedal, formaba parte de una extensa superficie entre Valencia y Sagunto, donde se plantaba arroz al principio y posteriormente otros cultivos, principalmente hortícolas. Por otra parte esos terrenos se expropiaron por si era necesario ampliar los ya desaparecidos Altos Hornos del Mediterráneo. Después este terreno es comprado por Generalitat Valenciana, declarando 350 Ha. como Suelo no Urbanizable de Protección Especial, dejando otras 500 Ha. para Uso Industrial. Desde 1996 en que la zona se declara ZEPA (Zona de Especial Protección para las Aves) y LIC (Lugar de Interés Comunitario), la presencia de aves ha aumentado notablemente, tanto en número como en variedad. Se ha registrado hasta la fecha 249 especies diferentes en este paraje. 

DECRETO 127/2015, de 31 de Julio, del Consell, por el que se declara como Zona Especial de conservación (ZEC) el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) Marjal dels Moros, y se aprueban las normas de gestión para dicho LIC y para la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Marjal dels Moros (5 de agosto de 2015)

El Consell, mediante Acuerdo de 10 de julio de 2001, aprobó la lista y la delimitación de los lugares de importancia comunitaria (LIC) que debían ser propuestos a la Comisión Europea como contribución a la constitución de la Red Ecológica Europea Natura 2000, creada por la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Dicha lista incluía el Marjal dels Moros (ES0000148). La inclusión de este espacio en la Red Natura 2000 se vio confirmada posteriormente con la Decisión de la Comisión Europea de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/ CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea [notificada con el número C (2006) 3261].

Posteriormente, el Acuerdo de 5 de junio de 2009, del Consell, de ampliación de la Red de Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de la Comunitat Valenciana, fijó definitivamente el ámbito territorial de la ZEPA Marjal dels Moros designada en el año 1995 -coincidente parcialmente con el LIC- de conformidad con lo establecido en la Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, hoy sustituida por su versión codificada, esto es, por la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre  de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.

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